no, cada particular ha de formular su propia solicitud individual, en la que se contenga su pretensión
sí, pero las pretensiones han de tener un contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar, salvo que las normas reguladoras de los procedimientos específicos dispongan otra cosa
sí, siempre que sea autorizado previamente por el órgano instructor
sólo cuando los interesados tengan un interés común