el órgano encargado de resolver el procedimiento, con traslado de la documentación generada hasta ese momento, y se notificará a los interesados, con excepción, en su caso, del inculpado
el órgano encargado de resolver el procedimiento, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y se notificará a los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado
el instructor del procedimiento, con traslado de la documentación generada hasta ese momento, y se notificará a los interesados, con excepción, en su caso, del inculpado
el instructor del procedimiento, con traslado de cuantas actuaciones existan al respecto, y se notificará a los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado