al dictarlos se hubiera incurrido en error de hecho, que resulte de los propios documentos incorporados al expediente
aparezcan documentos de valor esencial para la resolución del asunto que, siendo anteriores, evidencien el error de la resolución recurrida
en la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme, anterior o posterior a aquella resolución
la resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme