aisladamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 10 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido
aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA incluido
conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 10 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido
aislada o conjuntamente, una alteración en su cuantía que no exceda del 20 por ciento del precio inicial del contrato, IVA excluido
Artículo 206.1