5.000.000 de euros y la cuantía de la modificación, aislada o conjuntamente, fuera superior a un 20% del precio inicial del contrato
5.000.000 de euros y la cuantía de la modificación, aislada o conjuntamente, fuera superior a un 30% del precio inicial del contrato
6.000.000 de euros y la cuantía de la modificación, aislada o conjuntamente, fuera superior a un 20% del precio inicial del contrato
6.000.000 de euros y la cuantía de la modificación, aislada o conjuntamente, fuera superior a un 30% del precio inicial del contrato
Artículo 319.1