los órganos superiores competentes por razón de la materia y del territorio, y, de existir varios de éstos, al superior jerárquico común
los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio, y, de existir varios de éstos, al superior jerárquico común
los órganos superiores competentes por razón de la materia y del territorio, y, de existir varios de éstos, al inferior jerárquico común
los órganos inferiores competentes por razón de la materia y del territorio, y, de existir varios de éstos, al inferior jerárquico común