devengarán y percibirán las retribuciones correspondientes al tiempo en que hayan permanecido en esa situación, y la deducción de haberes que se efectúe tendrá carácter de sanción disciplinaria y afectará al régimen de sus prestaciones sociales
no devengarán ni percibirán las retribuciones correspondientes al tiempo en que hayan permanecido en esa situación, sin que la deducción de haberes que se efectúe tenga carácter de sanción disciplinaria ni afecte al régimen de sus prestaciones sociales
devengarán y percibirán las retribuciones correspondientes al tiempo en que hayan permanecido en esa situación, sin que la deducción de haberes que se efectúe tenga carácter de sanción disciplinaria ni afecte al régimen de sus prestaciones sociales
no devengarán ni percibirán las retribuciones correspondientes al tiempo en que hayan permanecido en esa situación, y la deducción de haberes que se efectúe tendrá carácter de sanción disciplinaria y afectará al régimen de sus prestaciones sociales